NORMAS ADMINISTRATIVAS DE COMERCIO EXTERIOR Y REGULACION DE INVERSIONES EXTRANJERAS


Normativa      Direcciones de interés para exportaciones e importaciones

Webs de inversiones extranjeras       Legislación de inversiones extranjeras

Tramitación de nuevas inversiones       Oportunidades de negocio

Peticiones de situaciones registrales y requisitos de éstas peticiones

Operaciones de importación     Operaciones de exportación



NORMATIVA

A continuación figuran fuentes de información a consultar sobre normativa de comercio exterior y regulación de inversiones en España, y por tanto aplicable a Cataluña.

http://195.235.176/servicios/documentacion/documentoselaborados/icex/aguidesp/aguide_home.htm

Guía que se edita anualmente y que va dirigida a los potenciales inversores extranjeros a quienes proporciona una síntesis detallada, y lo más actualizada posible, del marco juridico que regula toda la actividad empresarial o de inversión en España, lo que implica su aplicabilidad a Cataluña.

 

 

 

 

DIRECCIONES DE INTERÉS PARA EXPORTACIONES E IMPORTACIONES
Departamento de Aduana e impuestos especiales
de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
C/ Guzmán el Bueno, 137
28003 Madrid
Telèfon: 91 554 32 00
Fax: 91 533 52 42
http://www.aeat.es
Oficina de información Intrastat
C/ Josep Carner, 27
08038 Barcelona
Telèfon: 93 443 30 08 / 900 200 497
Fax: 93 443 19 83
http: //www.aeat.es
Subdirección General de Comercio
Exterior de Material de Defensa y de doble uso.
Pg. de la Castellana, 162
28046 Madrid
Telèfon: 91 583 52 84
Fax: 91 556 57 36
buzon.oficial@sgdefensa.secgcomex.sscc.mcx.es
http://www.mcx.es/sgcomex/mddu/Default.htm

Dirección general de la Salud Pública
C/ Velázquez, 147
28002 Madrid
Telèfon: 91 347 82 95
Fax: 91 347 82 99
http://www.msc.es

Subdirección General de Sanida Ambiental
Pg. del Prado, 18
28014 Madrid
Telèfon: 91 596 20 84 / 91 596 20 85
Fax: 91 596 40 09
http://www.msc.es

Dirección General de Bellas Artes y
Archivos(Ministerio de Eduacación y Cultura)
Pl. del Rey, 1, 4
28071 Madrid
Telèfon: 91 701 72 62
Fax: 91 532 36 87
http://www.mcu.es
Servicio de Gestión del Patrimonio Cultural(Departamento de Cultura de la Generalidad
de Catalunya)
C/ Portaferrissa, 1
08002 Barcelona
Telèfon: 93 316 27 40
Fax: 93 316 27 41
kultinfo@correu.gencat.es
http://www.cultura.gencat.es

Dirección Territorial de Comercio
Gran Via Carles III, 99
08028 Barcelona
Telèfon: 93 409 40 70
Fax: 93 411 19 96
http://www.mcx.es/barcelona

Secretaria General de Comercio Exterior
Pg. de la Castellana, 162
28046 Madrid
Telèfon: 91 349 35 00
Fax: 91 457 28 63
Buzon.Oficial@SECGCOMEX.SSCC.MCX.ES
http://www.mcx.es/sgcomes/home1fra.htm


Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación
Av. Diagonal, 452-454
08006 Barcelona
Telèfon: 93 416 93 00
Fax: 93 416 93 01
http://www.cambrescat.es
Departamento de Sanidad de la Generalidad de
Catalunya
Travessera de les Corts, 131-159
08028 Barcelona
Telèfon: 93 227 29 00
Fax: 93 227 29 90
http://www.gencat.es/sanitat

Departamento de Agricultura de la Generalitat
de Catalunya
Gran via de les Corts Catalanes, 612-614
08007 Barcelona
Telèfon: 93 304 67 00
Fax: 93 304 67 08
http://www.gencat.es/darp

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Pg. Infanta Isabel, 1
28071 Madrid
Telèfon: 91 347 50 00
Fax: 91 347 51 52
http://www.mapya.es


Fondo Español de Garantia Agraria(FEGA)
C/ Beneficencia, 8
28004 Madrid
Telèfon: 91 347 65 00 / 91 347 63 10
Fax: 91 347 63 87 / 91 521 98 32
91 522 43 87
unidad-de-apoyo@fega.mapya.es
http://www-fega.mapya.es:2560/pags
/fg_inicio.htm
Subdirección General de Inspección, Certificación y Asisténcia (CATICE)
Pg. de la Castellana, 162
28046 Madrid
Telèfon: 91 349 37 56 / 91 349 37 68 (CITES)
Fax: 91 349 37 40
oficial@sgsoivre.secgcomex.sscc.mcx.es
http://www.mcx.es/sgcomex/soivre/default.htm


Compañía Española de Seguros de
Crédito a la Exportación (CESCE)
Passeig de Gràcia, 54
08007 Barcelona
Telèfon: 93 487 19 00
Fax: 93 487 37 88
http://www.cesce.es

Delegación de Hacienda
Pl. Doctor Letamendi, 13
08007 Barcelona
Telèfon: 93 291 11 11
Telèfon d'informació general: 901 33 55 33
consultas@aeat.es
http://www.aeat.es

Colegio de Agentes de Aduanas
Av. Drassanes, 23-25, 1C
08001 Barcelona
Telèfon: 93 329 27 54
Fax: 93 441 51 08
http://www.coacab.com

Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña (COPCA)
Passeig de Gràcia, 94
08008 Barcelona
Telèfon: 93 484 96 27
Fax: 93 484 96 66
http://www.copca.com

Información de comercio exterior
www.comerciaya.com/esp/index.html
Normativa:Real Decreto Ley 16/76 del 24 de agosto,
de Ordenación Económica de medidas fiscales de
fomento de la exportación yel comercio interior, Fondo
de Ayuda al Desarrollo (Créditos FAD)
www.iigov.org/cpdc/banco/textos/espanya/rd16.htm

 

Dirección Regional de Comercio exterior de Cataluña
http://www.mcx.es/barcelona/ComercioExterior.htm

 

 

Asociación Internacional de Transporte Aéreo
http://www.iata.org

 

 

 

 

WEBS DE INVERSIONES EXTRENJERAS

Guia de negocios en España:
Guía que se edita anualmente y que va dirigida a los potenciales inversores extranjeros a quienes proporciona una síntesis detallada, y lo más actualizada posible, del marco jurídico que regula toda actividad empresarial o de inversión en España, lo que implica su aplicabilidad a Cataluña.

http://195.235.176.166/servicios/documentacion/documentoselaborados/icex/aguidesp
/aguide_home.html


El sistema financiero español:
http://195.235.176.166/servicios/documentacion/documentoselaborados/icex/aguidesp
/aguidesp_cap02.pdf



The spanish finanial system:
http://195.235.176.166/servicios/documentacion/documentoselaborados/icex/aguide
/aguide_cap2.pdf



Ayuda e incentivos a la inversión en España:
http://195.235.176.166/servicios/documentacion/documentoselaborados/icex/aguidesp
/aguidesp_cap05.pdf


Investment grants and incentives in Spain:
http://195.235.176.166/servicios/documentacion/documentoselaborados/icex/aguide
/aguide_cap2.pdf

 

 

 

 

LEGISLACION SOBRE INVERSIONES EXTRANJERAS


Para garantizar una completa adecuación de nuestro ordenamiento interno a las nuevas previsiones comunitarias
se adopta el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril sobre inversiones exteriores que establece con carácter general la libertad de movimientos de capital en la faceta de inversiones.

La decisión de adoptar esta nueva normativa trae, entre otras, las consecuencias siguientes:

1. Se  establece  un  trámite  administrativo  de  declaración  "ex-post"  de  las  inversiones  con  una  finalidadad ministrativa, económica y estadística.

2. En  determinados  supuestos  de  inversiones  procedentes  o  con destino a territorios o países calificados por nuestras disposiciones vigentes como paraísos fiscales,  se exige,  además de la declaración antes citada, una con carácter previo.

3. Si  la inversión  exterior  se  efectúa en el ámbito de una norma sectorial especial,  y, más en  particular,  en aquellos sectores con regulación especial, la operación deberá superar el requisito administrativo que la disposición sectorial en cuestión establezca ante los órganos competentes, ya sean estatales o autonómicos.

4. El  Consejo  de  Ministros,  a  propuesta del Ministro de Economía y,  en su caso,  del  titular del Departamento competente por razón de la materia y previo informe de la Junta de Inversiones exteriores,  podrá acordar, de forma motivada, con carácter general o particular, la suspensión del régimen de liberalización establecido en el presente Real Decreto y siempre que las inversiones por su naturaleza, forma o condiciones de realización puedan afectar a actividades relacionadas, aunque sólo sea de modo ocasional, con el ejercicio del orden público, o a actividades que afecten o puedan afectar al orden público, seguridad y salud públicas. Una vez suspendido el régimen de liberalización el inversor afectado deberá solicitar autorización administrativa previa respecto de las operaciones de inversión que, a partir del momento de la notificación de la suspensión, se propusiera realizar.

5. Asimismo, el régimen de liberalización establecido en el Real Decreto queda suspendido respecto de las inversiones extranjeras en España en actividades directamente relacionadas con la Defensa nacional, tales como las que se destinen a la producción o comercio de armas, municiones, explosivos y material de guerra. La autorización de estas inversiones corresponde al consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Defensa y previo informe de la Junta de Inversiones.

6. Requieren también autorización previa las adquisiciones de inmuebles de destino diplomático de Estados no miembros de la Unión Europea.

Los procedimientos aplicables a la tramitación y registro de las operaciones de inversión están reguladas por las normas siguientes:

(a) ORDEN de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las
declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización.

(b) RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2001 de la Dirección General de Comercio e Inversiones por la que se dictan instrucciones para la presentación por los Intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros.

(c) RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2002, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General.

 

 

 

 

TRAMITACION DE NUEVAS INVERSIONES

Las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior están reguladas por:


Real Decreto 664/199, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores, desarrollado por la ORDEN de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización.

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2001 de la Dirección General de Comercio e Inversiones por la que se dictan instrucciones para la presentación por los Intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros.

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2002, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General.

Los impresos para la presentación de las Memorias anuales y la declaración de las inversiones extranjeras en España y españolas en el exterior que no se realicen en valores negociables se pueden visualizar en nuestra página RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2002, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, y se adquieren (son gratuitos) en el Registro General del Ministerio de Economía y en las Direcciones Regionales de Economía.La presentación deberá realizarse en el Registro General del Ministerio de Economía o en cualquier otra de las entidades que recoge el Real Decreto 772/1999 de 7 de mayo en su artículo 2:

- Cualquier órgano administrativo perteneciente a la Administración General de Estado o de los Organismos públicos vinculados o dependientes de aquella.

- Oficinas de correos

- Representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero.

- Cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

- Registros de las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

- Registros de las entidades de la Administración Local siempre que hayan suscrito los convenios correspondientes.

 

 

OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS

Oportunidades de negocio internacionales que demanden productos y servicios españoles. Los tipos de información
que le hacemos llegar se estructuran en seis apartados diferentes. Demandas, Oportunidades de Inversión,
Licitaciones en países industrializados, Programas, Proyectos y Licitaciones en Países en vías de desarrollo

http://195.235.176.166/Servicios/MiEmpresa/OportunidadesComerciales/default.asp

 

 

 

PETICIONES DE SITUACIONES REGISTRALES Y REQUISITOS DE ESTAS PETICIONES

Las Situaciones Registrales son listados de inversiones ya efectuadas y declaradas al Registro de inversiones por los titulares o entidades depositarias de las mismas. Cada listado se refiere a una determinada empresa destino u origen de las inversiones, según se trate de inversiones extranjeras en España o de inversiones españolas en el exterior.

Con el fin de salvaguardar el interés de los declarantes, dichas peticiones, en las que se hará constar la razón social y el N.I.F. de la sociedad objeto de petición de situación registral, deberán acompañarse de la correspondiente autorización de la empresa, firmada por el Secretario de Consejo de Administración o por persona con poder suficiente otorgado por la propia empresa.

Las peticiones se dirigirán al Ministerio de Economía, Dirección General de Comercio e inversiones, Subdirección General de Inversiones Exteriores, Registro de Inversiones, Pº de la Castellana Nº 162, Madrid 28046.

Real Decreto 664/1999, de 23 de abril sobre inversiones Exteriores
www.mcx.es/polco/InversionesExteriores/Normativa/RD66419990423.pdf

Orden de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización
http://www.mcx.es/polco/InversionesExteriores/Normativa/
Orden%20de%2028%20de%20mayo%20de%202001.pdf


Resolución de 31 de mayo de 2001, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros.

http://www.mcx.es/polco/InversionesExteriores/Normativa/Resolucion
%20de%2031%20de%20mayo%20de%202001.pdf

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2002, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General.
http://www.mcx.es/polco/InversionesExteriores/Normativa/Resolucion

Acuerdos de Promoción y Protección Reciproca de Inversiones
http://www.mcx.es/polco/InversionesExteriores/acuerdosinternacionales/apris/notaappris.htm



Listado De Acuerdos
http://www.mcx.es/polco/InversionesExteriores/acuerdosinternacionales/apris/acuerdosappris.pdf

Organismo multilateral de garantía de inversiones (MIGA)
www.miga.org

El Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones del grupo Banco Mundial, conocido como MIGA en sus siglas en inglés, fomenta la inversión extranjera en los países en desarrollo mediante garantías de inversión y servicios de asesoría a dichos países. Los riesgos cubiertos por la garantía MIGA son:

- la inconvertibilidad de moneda, incluyéndose las modificaciones en la legislación cambiaria pero no las devaluaciones

- la expropiación, nacionalización o confiscación directa, la expropiación progresiva y la expropiación parcial

- la guerra y los disturbios civiles, extendiéndose también a acontecimientos que produzcan la interrupción durante un año de actividades esenciales para la viabilidad del proyecto

- el incumplimiento de contrato por el gobierno receptor de la inversión, siempre que el inversor haya obtenido un laudo reconociéndole el derecho a ser indemnizado por esta causa y no haya sido compensado

Las inversiones asegurables por MIGA pueden ser inversiones en proyectos nuevos, en ampliación,
modernización o reestructuración financiera de un proyecto ya existente, o bien adquisiciones originadas por privatizaciones de empresas estatales.

Se pueden garantizar inversiones en el capital social, préstamos y avales de préstamos con ciertas condiciones, contratos de asistencia técnica, acuerdos de concesión comercial y de licencias. La garantía dura normalmente quince años, debiéndose presentar una solicitud preliminar ante MIGA al inicio del diseño de la inversión.
La solicitud definitiva se remitirá al concluir los planes de inversión y financiación y antes de su realización